domingo, 11 de enero de 2009

CAJA BANCARIA AFINA OBJETIVOS

N. de R. El 23 de diciembre de 2008, en la reunión del Consejo Honorario se consideraron y se aprobaron aspectos referidos a la actuación de la Caja, en el marco que configura la nueva normativa legal que implica la Ley 18.396. Hemos sacado de contexto, de las Actas respectivas, la parte en que se refiere a esos puntos. Damos hoy la exposición en general de esos objetivos. Mañana seguimos con la parte en que se explican los puntos enunciados aquí.
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CAJA BANCARIA:
LA LEY IMPONE NUEVOS CAMBIOS
SEGUIR SIRVIENDO AL COLECTIVO.
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PARTE UNO
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El Presidente señor Leomar PASTORINO SARUBBI deja constancia que “en función de la realidad que impone al Organismo a partir del próximo 1º de enero la Ley Nº18.396 de 24 de octubre de 2008, en el día de hoy el Consejo Honorario va a adoptar una resolución buscando una definición de la misión y visión de la futura Caja y cuáles son los objetivos que se deben plantear. Fundamentalmente la resolución debe plantear que somos una unidad en el Instituto, que desde el Consejo hasta el último trabajador se debe responder a un colectivo cuyos integrantes son los depositarios de los beneficios y como históricamente ha sido en esta institución, nosotros somos quienes velamos por ellos”.
“Si bien la ley nos impone nuevos cambios, hay algo que rescatar de lo que viene de la génesis de los precursores de la Caja, Consejeros y trabajadores que han hecho su historia, y es la voluntad de servir a ese colectivo”.
“Es absolutamente imprescindible captar la mayor adhesión dentro del personal, que sabemos que la tenemos pero con algunos matices, sin perjuicio de lo cual creo que el piso es bueno en cualquier de los casos”.
“La Consejera Vechtas aportó algunos términos técnicos que mejoran el proyecto de resolución que teníamos para adoptar, por lo tanto vamos a darla por aprobada sin perjuicio de lo cual queda ‘ad-referendum’ de la redacción final”.
“Esta resolución será notificada a todo el personal”.
Finalmente, se resuelve:
R.2583/2008 - 2/2376
Visto: la sanción de la Ley Nº18.396 de 24 de octubre de 2008, que regirá a partir del 1º de enero de 2009;
Atento: I) Que dicha norma representa una verdadera refundación del Instituto, que exige un cambio estructural profundo, que no es posible concebirlo solamente en un acto, sino en el desarrollo de un proceso que necesariamente reconocerá la implementación de medidas de corto, mediano y largo plazo.
Atento: II) Que el actual funcionamiento del Instituto responde directamente a sus competencias definidas claramente en la ley, así como también a una estructura cultural acuñada en más de ocho décadas de existencia, y que como en toda organización tiene fortalezas y debilidades, también necesarias para definir un nuevo modelo de gestión.
Atento: III) Que las fortalezas del Instituto se evidencian en el profundo conocimiento del colectivo amparado, en su sólido manejo de la materia previsional que permite una atención ágil y eficiente a sus afiliados y en la recaudación de sus recursos, con estricto apego al marco legal, con registro individual de los aportes de cada uno de sus afiliados, todo ello basado en la eficiencia y compromiso de todos sus funcionarios.
Atento: IV) Que se reconocen debilidades en cuanto a la metodología vigente, que resulta insuficiente para la necesaria consolidación de procesos, a la carencia de incentivos adecuados para la investigación y el análisis; así como un modelo de gestión rígido y con reducidos incentivos para estimular la participación activa de sus funcionarios.
Atento: V) Que por tanto el desafío planteado para el Instituto consiste en iniciar un proceso de reestructura que permita abordar las competencias definidas en el nuevo marco legal, que necesariamente impulsará un cambio cultural, de las estructuras y del modelo de gestión, conforme a una nueva institucionalidad integral para esta nueva etapa.
Atento: VI) Que se entiende que la definición central debe pautar todo el desarrollo del proceso, que no hay cambios sin la gente, sin el compromiso, el apoyo y la compenetración de todos los trabajadores integrantes del Personal de la Caja Bancaria.
Atento: VII) Que todo lo anterior exige definiciones claras por parte del Órgano Administrador; el Consejo Honorario resuelve:
Aprobar las siguientes definiciones en cuánto a la misión, visión, y lineamientos políticos centrales que deben regir toda la actividad del Instituto en el proceso de adecuación al nuevo marco legal a partir del 1ero. de enero del año 2009: (CONTINUA MAÑANA)

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