CAJA BANCARIA ACLARA
SOBRE LOS DESCUENTOS
A LAS PASIVIDADES
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LO QUE SIGUE ES LA VERSIONTEXTUAL DEL ACTA DE LA SESION
DEL CONSEJO HONORARIO de la CAJA, DE AYER MIERCOLES 11:
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PRESUPUESTO DE PASIVIDADES DEL INSTITUTO CORRESPONDIENTE AL MES DE ENERO DE 2009. SU CONFECCION. CONSTANCIA.
R.261/2009
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El Gerente General Doctor Julio POSE expresa que numerosos afiliados pasivos formularon consultas con relación a los descuentos aplicados en el presupuesto de pasividades abonado por el Organismo en enero de 2009, explicita en forma sucinta los factores que incidieron en la reducción de los montos líquidos que generaron dichas consultas, y distribuye a los señores Consejeros un pormenorizado detalle al respecto, que se transcribe a continuación:
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El Gerente General Doctor Julio POSE expresa que numerosos afiliados pasivos formularon consultas con relación a los descuentos aplicados en el presupuesto de pasividades abonado por el Organismo en enero de 2009, explicita en forma sucinta los factores que incidieron en la reducción de los montos líquidos que generaron dichas consultas, y distribuye a los señores Consejeros un pormenorizado detalle al respecto, que se transcribe a continuación:
El valor de la Base de Prestaciones y Contribuciones (BPC) al 1º de enero de 2009 se conoció el día 19.1.2009, estando cerrado el presupuesto el día 15.1.2009.
En el año 2008 este valor se conoció el 30 de enero y generó similares consecuencias.
Este valor afecta las distintas variables que hacen a:
* Las retenciones por IASS.
* El nuevo impuesto a pasividades según Ley Nº18.396.
* Las primas por edad que permanecen vigentes.
Las retenciones por IASS afectadas por esta diferencia se reintegrarán en febrero 2009, corresponden a 12.916 pasivos y promedian $290,00.
Pero debe tenerse en cuenta que mientras el ajuste de las pasividades (valor conocido recién el viernes 30 de enero) será definitivamente de 15,44%, el aumento de la BPC será sólo de 9,5%, por lo cual las franjas de los impuestos, tanto IASS como el de la Ley Nº18.396, se determinará por franjas distintas que no mantienen la proporcionalidad exacta que tenían anteriormente y que mantendrían sólo en caso de que los porcentajes de uno y otro aumento fueran iguales.
La Dirección General Impositiva (DGI) modificó mediante una resolución la tabla aplicable al IASS de los pasivos que optaron por no aplicar el mínimo no imponible.
Hasta diciembre 2008 la tabla era:
0 hasta 15 BPC = 10%
de 15 hasta 84 BPC = 20%
más de 84 BPC = 25%
Desde enero 2009 rige la siguiente tabla:
0 hasta 7 BPC = 10%
de 7 hasta 42 BPC = 20%
más de 42 BPC = 25%
Esto conlleva una retención mayor de IASS para unos 1.150 pasivos.
Primas por edad: se produjo el cese de las primas por edad en pasividades por encima de 12 BPC (se ajustará en febrero 2009 con el nuevo valor de la BPC). Esto afectó aproximadamente unas 7.000 pasividades.
Además, por la diferencia entre el aumento de las pasividades y de la BPC, determinado número de afiliados a los que se liquidó la prima por edad, ahora quedó determinado que no deben cobrarla, y habrá que lograr la devolución de la prima cobrada en enero 2009.
La aplicación del nuevo impuesto a las pasividades dispuesto por la Ley Nº18.396 llevó a que la nueva tasa incrementada promedialmente en un 2% pudo verse afectada también en algunos casos por el valor de la BPC, y haber producido una corrida de franja que se devolverá en febrero si corresponde.
El hecho de no conocer el aumento definitivo nos impide precisar quienes pueden volver a la tasa anterior (aunque siempre incrementada en el 2%).
Por ejemplo, un pasivo que debía pasar de una tasa del 12 al 14% puede haber pasado al 15%. Esta diferencia se devuelve en febrero 2009.
Esta diferencia que se ve acentuada por el incremento de 2 puntos en la tasa, en la práctica ha ocurrido siempre, y todos los años en el mes de febrero se ha realizado una devolución.
En principio estará correspondiendo a 5.629 pasivos y en promedio se devolverán $515,00.
Los señores Consejeros toman conocimiento de lo informado, y el Presidente señor Diego BRUGNOLI solicita a la Administración divulgue lo ocurrido en la forma que entienda conveniente entre los afiliados pasivos del Instituto.
La Administración toma nota.
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EL MIERCOLES 11 ANTE UNA CONSULTA,
OCURRIERON ESTAS ACLARACIONES
DEL Cro. JORGE MOLINARI.
(Esto es un complemento de la información que surge de la Acta de la Caja Bancaria publicada aquí)
¿COMO SE CALCULAN LOS DESCUENTOS?
Hemos recibido la consulta de un compañero sobre la forma y los conceptos, para calcular descuentos que sufren nuestras pasividades, de acuerdo a las normativas legales al respecto. Damos la pregunta recibida y a renglón seguido lo que explica el compañero Jorge Aniceto Molinari, Delegado de los jubilados en el Consejo Honorario de la Caja. Desde ya pedimos al lector que nos haga llegar cualquier duda sobre este tema. Con gusto le aclaramos.
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El Cro. RAMON R. CABRERA, PREGUNTA:
“Sería de gran utilidad para nosotros, los jubilados, poder acceder a la forma de cómo se efectúan las deducciones. Las bases de Prestaciones y Contribuciones no se cual es el importe (sé que el sueldo mínimo fue fijado en $ 4.441.-; pero no sé si es lo mismo de BPC). Creo que los porcentajes han variado en el % a aplicar. La Ley 18396, no se si se aplica sobre el Nominal que figura en el recibo y cuál es el porcentaje. O sea que tal vez como yo, exista un desconcierto, sobre estos temas de descuentos. Agradecería si pueden aclararlo.”
Muy agradecido por vuestra atención
RAMÓN R. CABRERA
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El Cro. JORGE ANICETO MOLINARI, CONTESTA:
Ya desde las administraciones anteriores (Presidentes Dr. Batlle y Dr. Sanguinetti) el salario mínimo, para el calculo jubilatorio, fue sustituido por el BCP (base de prestación y contribución),
El cálculo de los impuestos es sobre el total nominal, tal como lo establecen los textos de la ley mas allá de que sea justo o no.
El IASS se recauda mensualmente pero su calculo para ubicarlo en las franjas respectivas es sobre el total anual o sea sobre 12. Si al fin del ejercicio hay diferencia con lo recaudado, se ajusta-
Por eso la Caja Bancaria (CB) (en este caso cálculos de los haberes a retener en enero y febrero y su ajuste) fue autorizada a hacerlo con la liquidación de febrero. La CB con la liquidación de febrero va a tener exactamente la deducción de cada uno.
Con referencia a la consulta recibida: Al derogarse el impuesto anterior, la ley actual 18.396, toma la escala anterior con un incremento del 2% en cada una de ellas a partir de determinado nivel, es decir ahí está rigiendo el 2% extra del 1º de enero del 2009, luego se habla de un incremento del 2% para el 1º de enero del 2010.
El problema que tenemos es que salta de un 2% en determinada franja al 7,5% cuando los compañeros se pasan de franja.
De ahí la importancia del BCP y del hecho de que no se haya incrementado en igual forma que las pasividades.
Para el IASS, lo mejor es que vean directamente la ley, pues hay que tener en cuenta que actúa en la misma forma que actuaba el IRPF, es decir los descuentos son distintos para las partidas que caen en las diferentes franjas no es un índice que se aplica globalmente al total de la pasividad.
La ley la pueden ver a través de Google (1) No tengo presente si está en la página Web de la Caja Bancaria.
Para el IASS, lo mejor es que vean directamente la ley, pues hay que tener en cuenta que actúa en la misma forma que actuaba el IRPF, es decir los descuentos son distintos para las partidas que caen en las diferentes franjas no es un índice que se aplica globalmente al total de la pasividad.
La ley la pueden ver a través de Google (1) No tengo presente si está en la página Web de la Caja Bancaria.
(1) agregando el numero de la Ley,
llegan a ella en esta dirección
(Búsqueda de Leyes en el Parlamento) http://www.parlamento.gub.uy/indexdb/leyes/ConsultaLeyes.asp
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NOTA: PARA MEJOR INFORMAR, DAMOS AHORA EL CORREO QUE MOLINARI, ANTE UNA CONSULTA, ENVIÓ EL 27 DE ENERO, CONSEJO DIRECTIVO AURTONOMO DE JUBILADOS Y PENSIONISTAS DE AEBU (CDA):
Ante las consultas que se vienen realizando sobre la liquidación de las pasividades de enero queremos destacar:
Se ha comenzado la aplicación de la ley 18396 que reflejó fielmente lo resuelto en la asamblea del 3 de setiembre y que ya lleva incorporados a la Caja 5.500 trabajadores del sistema financiero correspondiente a 114 empresas.-
El Consejo Honorario y la Administración se vieron en la disyuntiva de como aplicar el aumento que para las pasividades rige en el país del 14,71%, con carácter provisorio pues aún falta computar el mes de diciembre.-
En su aplicación la Caja pudo aplazarla para febrero y ahí pagar la retroactividad, sobretodo teniendo en cuenta que el índice que determina las franjas de aplicación del impuesto de asistencia a la Caja y el IASS, así como la que determina el pago de la prima por edad, no estaba disponible pues el decreto del Poder Ejecutivo tiene fecha 19 de enero.
Ese decreto establece además un ajuste de la Base de prestación y contribución(BPC) de un 9,5 %, menor al ajuste a las pasividades.- Las franjas hoy están calculadas con la base anterior $ 1.775.- El nuevo que rige entonces a partir del 1º de enero es de $ 1.944.-
El Consejo Honorario y la Administración prefirieron pagar aún así con el 14,71 ajustando todo lo anteriormente analizado con la pasividad de febrero.
Esto implica el pago de las diferencias surgidas en enero, tanto en el índice de aumento como en la ubicación correcta en la franja correspondiente (para el IASS y para el impuesto de asistencia a la Caja), así como en la prima por edad si correspondiera.-
Jorge Aniceto Molinari.
27 de enero de 2009
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NOTA: PARA MEJOR INFORMAR, DAMOS AHORA EL CORREO QUE MOLINARI, ANTE UNA CONSULTA, ENVIÓ EL 27 DE ENERO, CONSEJO DIRECTIVO AURTONOMO DE JUBILADOS Y PENSIONISTAS DE AEBU (CDA):
Ante las consultas que se vienen realizando sobre la liquidación de las pasividades de enero queremos destacar:
Se ha comenzado la aplicación de la ley 18396 que reflejó fielmente lo resuelto en la asamblea del 3 de setiembre y que ya lleva incorporados a la Caja 5.500 trabajadores del sistema financiero correspondiente a 114 empresas.-
El Consejo Honorario y la Administración se vieron en la disyuntiva de como aplicar el aumento que para las pasividades rige en el país del 14,71%, con carácter provisorio pues aún falta computar el mes de diciembre.-
En su aplicación la Caja pudo aplazarla para febrero y ahí pagar la retroactividad, sobretodo teniendo en cuenta que el índice que determina las franjas de aplicación del impuesto de asistencia a la Caja y el IASS, así como la que determina el pago de la prima por edad, no estaba disponible pues el decreto del Poder Ejecutivo tiene fecha 19 de enero.
Ese decreto establece además un ajuste de la Base de prestación y contribución(BPC) de un 9,5 %, menor al ajuste a las pasividades.- Las franjas hoy están calculadas con la base anterior $ 1.775.- El nuevo que rige entonces a partir del 1º de enero es de $ 1.944.-
El Consejo Honorario y la Administración prefirieron pagar aún así con el 14,71 ajustando todo lo anteriormente analizado con la pasividad de febrero.
Esto implica el pago de las diferencias surgidas en enero, tanto en el índice de aumento como en la ubicación correcta en la franja correspondiente (para el IASS y para el impuesto de asistencia a la Caja), así como en la prima por edad si correspondiera.-
Jorge Aniceto Molinari.
27 de enero de 2009
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