TESORERÍA PARALELA DE PEMEX
RADICADA
FUERA DE MEXICO
Protesta del
Movimiento
Nacional en Defensa
del Petróleo frente a
la Torre de PEMEX
|
Fuente
“La
Jornada” México
19 de
febrero de 2012
.
Sin
ajustarse a la Constitución Política, a la Ley de Pemex y, en general, a la
legislación pública mexicana, Petróleos Mexicanos (Pemex) tiene establecida una
tesorería paralela domiciliada en el extranjero que, solamente a diciembre de
2010, manejó un exceso de efectivo por alrededor de mil 700 millones de
dólares, equivalentes a unos 22 mil 598 millones de pesos administrados por la
firma financiera internacional JP Morgan Chase Bank, reveló la Auditoría
Superior de la Federación (ASF).
Actualmente,
el Grupo PMI, constituido en 1988, es cabeza de las empresas filiales PMI
Comercio Internacional, PMI Holdings, PMI Holdings Petróleos de España, PMI
Norteamerica, PMI Marine, Pemex Internacional España, PMI Holding North
America, Pemex Service Europe, PMI Service North America y PMI, Service BV, las
cuales son consideradas empresas privadas extranjeras.
El
órgano fiscalizador del Congreso descubrió que con la constitución de las
empresas instrumentales del Grupo PMI se lograría la protección de las
jurisdicciones existentes en Estados Unidos, en Holanda y en las Antillas
Holandesas, además de que habría una administración especial para todas. De
esta forma, no podría imputársele a Pemex responsabilidad alguna, en relación
con lo que hicieran o dejaran de hacer cada una de esas empresas.
CONDUCTOS
FINANCIEROS
Estas
empresas, creadas a partir de 1988, son prácticamente de papel porque no tienen
personal ni oficinas, pues son empresas creadas, desde el punto de vista legal
y fiscal, como conductos financieros para hacer más fácil la comercialización
de productos petrolíferos, la realización de negocios internacionales y la
administración de inversiones en el extranjero.
La ASF
no está de acuerdo en que haya un marco de excepción para la constitución y
operación de empresas filiales, en las que participa la paraestatal directa o
indirectamente y en forma mayoritaria en su capital social a través de recursos
públicos.
Por lo
anterior, para subsanar la laguna legal que permite que estas empresas operen
con altos índices de discrecionalidad y sin un control de alguna ley mexicana,
la ASF recomendó al Poder Legislativo que promueva los cambios legales que
regulen la autorización, presupuestación, operación y control de este tipo de
empresas, así como garantizar que las mismas rindan cuentas a la Cámara de
Diputados.
También
exhortó al Consejo de Administración de Pemex, como parte de su gestión de
gobierno corporativo, establezca criterios y políticas a seguir por los
funcionarios que participan en los órganos de decisión de las empresas que
conforman el Grupo PMI, a fin de que, como responsable de la inversión que de
forma directa o indirecta mantiene ese organismo descentralizado y sus
organismos subsidiarios en el capital social de esas empresas, promuevan lo
conducente y vigilen que las utilidades que generen las mismas sean canalizadas
como pago de dividendos a Pemex, debido a que las empresas instrumentales
privadas, reguladas únicamente por sus estatutos y por la legislación de los
países en las que se encuentran domiciliadas.
En la
revisión de la cuenta pública 2010, la ASF encontró que en conjunto, durante
2010 estas empresas tuvieron ingresos y egresos por 433,419,820.0 y
428,075,220.9 miles de pesos, respectivamente, y un total de activos por
92,144,041.0 miles de pesos... sin ajustarse a la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, a la Ley de Petróleos Mexicanos ni, en general, a la
legislación pública mexicana que regula a las empresas de participación estatal
mayoritaria, pertenecientes a la Administración Pública Federal.
Con la
información proporcionada por Pemex, de cuya veracidad es responsable, la ASF
concluyó que los ingresos, egresos, activos y disponibilidades de la tesorería
centralizada de las diversas empresas del Grupo PMI no se han sujetado a la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a la Ley de Petróleos
Mexicanos ni, en general, al régimen de planeación, presupuestación,
autorización, ejercicio, contabilidad, transparencia, control,
responsabilidades, rendición de cuentas y fiscalización que regula las empresas
de participación estatal mayoritarias pertenecientes a la Administración
Pública Federal.
Según
Pemex a través del Grupo PMI, domiciliado en Ámsterdam, Holanda, Pemex evita la
doble tributación al momento de transferir dividendos a México, entre otros
argumentos jurídicos.
Destacó
que resulta contrastante que para la información que proporciona a las
autoridades extranjeras Pemex sí incluye las actividades u operaciones más
relevantes que realiza por medio de las empresas del Grupo PMI, en tanto que
por la forma en que se ha fundamentado y justificado la creación y operación de
estas empresas, no se considere como parte de la Ley de Ingresos y el
Presupuesto de Egresos de la Federación, así como en la cuenta pública, lo
realizado por dichas compañías en materia de comercialización de productos
petrolíferos, inversiones y otros negocios en el extranjero por Pemex.
Los
argumentos no son compartidos por el órgano fiscalizador del Congreso. Por
ello, la ASF se abstuvo de emitir opinión, con base en el hecho de que estima
como no válidos los argumentos jurídicos y justificatorios esgrimidos por
Petróleos Mexicanos y dependencias del Ejecutivo Federal en diversas revisiones
anteriores, referentes a la constitución de las 10 empresas filiales de Pemex
que conforman el Grupo PMI, consideradas por ese organismo público
descentralizado (Pemex) como empresas instrumentales privadas extranjeras,
sujetas únicamente a sus estatutos y a la legislación del país en que se
encuentran domiciliadas.
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